EJEMPLO:
Luis es un autónomo profesional que ejerce como psicólogo en el Gabinete habilitado en su casa de 115 metros cuadrados; 20 de esos 115 metros son para el desarrollo de actividad.
Al darse de alta en Hacienda con el modelo 036 Juan declaró un grado de afectación de la vivienda del 17% .Por tanto, conforme a la nueva ley, podrá aplicar el 30% a los 20 metros cuadrados declarados.
A Juan le llega una factura de 500 euros en electricidad. ¿Cuánto podrá deducirse aplicándole ese 30%?
Este sería el cálculo:
500€ x 0,17= 85€ x 0,30=25,50€
Es importante indicar que esta deducibilidad no está sujeta a la propiedad de la vivienda sino a la titularidad de los suministros. En caso de querer beneficiarte de esta nueva deducción que, insistimos, entra en vigor el 1 de enero de 2018 y no tener la titularidad de los suministros a tu nombre será inviable esta deducción fiscal.
CRITERIO DE HACIENDA PREVIO A LA NUEVA DEDUCCION DE GASTOS AFECTOS:
Aunque la cuantías deducibles finalmente serán más reducidas de lo que se esperaban la medida clarifica el complicado asunto de las deducciones. Hasta el momento el criterio de Hacienda para permitir la deducibilidad de los gastos en el IRPF era tan riguroso que casi siempre resultaba preferible, y sobre todo más seguro, evitar dichas deducciones. Contadores de luz y agua independientes, dos líneas telefónicas, una para el trabajo y otra para uso personal… Si no cumplías con estas condiciones contabas con todas las papeletas para enfrentarte a una inspección de la Agencia Tributaria.
Fuente: ADM ASESORES