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GALICIA EMPRENDE

Publicado: 12 de enero de 2021, 18:24
  1. Fiscal
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PROYECTOS Y GASTOS SUBVENCIONABLES

Los proyectos emprendedores de creación o ampliación de pequeñas empresas gallegas o con un centro de trabajo en Galicia que a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda no tengan más de 42 meses de antigüedad desde la fecha de inicio de su actividad (primera alta en IAE). 

Los proyectos de reemprendimiento, entendiendo como tal, exclusivamente, los autónomos que hubiesen estado de baja continuada de toda actividad económica por cuenta propia durante un período igual o superior a 3 años; en estos casos, los 42 meses se contarán respecto de la primera alta en actividad económica por cuenta propia inmediatamente posterior a dicha baja 

a)     INVERSIONES:

 

1)     Obra civil (construcción, reforma o habilitación) de locales en propiedad o sobre los que tenga un derecho de uso y disfrute que permita la realización de obras irrevocable durante 5 años a contar desde la fecha de finalización del plazo de ejecución del proyecto 

2)     Bienes de equipo: maquinaria de proceso, instalaciones específicas para la actividad subvencionable, equipos y medios de transporte interno, vehículos especiales de transporte externo, medios de protección del medio ambiente y otros bienes de equipo 

3)     Otras inversiones en activos fijos materiales, incluyendo mobiliario.

4)     Activos inmateriales, activos que no tienen una materialización física o financiera, como patentes, licencias, conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad intelectual y páginas web. 

5)     Activos pertenecientes a un establecimiento (bienes de 2ª mano)  cuando: 

a.      Los activos sean adquiridos a un 3º no relacionado con el comprador. (Cuando un miembro de la familia del propietario inicial o un empleado se haga cargo de una pequeña empresa, no se aplicará la condición de que los activos deban ser adquiridos a terceros no relacionados con el comprador. La mera adquisición de las acciones de una empresa no constituirá una inversión.)

b.     Que la operación tenga lugar en condiciones de mercado 

c.     No hubiesen sido objeto de ninguna subvención nacional o comunitaria..

 

b)     GASTOS:

1)     Gastos de personal de nueva contratación  

2)     Gastos de alquiler de bienes inmuebles. 

3)     Gastos del informe de auditor de la justificación económica (opcional).

4)     Gastos de contrataciones externas de servicios específicos: software de pago por uso, diseño gráfico, identidad corporativa, servicios de asesoramiento para la puesta en marcha del proyecto empresarial. 

5)     Gastos de reforma de instalaciones en bienes inmuebles alquilados

Los proyectos no pueden haber comenzado antes de la presentación de la solicitud de ayuda. Los costes realizados y pagados dentro del plazo de ejecución y justificación. A estos efectos, la compra de los terrenos y determinados trabajos preparatorios, como la obtención de permisos o la realización de estudios previos de viabilidad, no se consideran inicio de los trabajos.

Plazo ejecución y justificación: Desde solicitud hasta 15/11/2021 para proyectos del 2021 ó 31/07/2022 (plazo máximo) 

BENEFICIARIOS

Autónomos y pequeñas empresas (con NO más de 42 meses desde su constitución o inicio de actividad a fecha solicitud)

Incluidas las sociedades mercantiles, cooperativas, asociaciones y otras entidades con personalidad jurídica propia y las sociedades civiles, C.B y otras entidades sin personalidad jurídica propia

No beneficiarios: actividad en el sector de la pesca y de la acuicultura, de la producción agrícola primaria, del acero, del carbón, de la construcción aval, de las fibras sintéticas, del transporte, de la producción y distribución de energía y de las infraestructuras energéticas

CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN

80% del coste subvencionable (máx. 400.000€)

PLAZO SOLICITUD

Desde 9/01/2021 – 22/02/2021

En Concurrencia Competitiva (Por Puntos. Máx 100 puntos)

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