Hacienda está dispuesta a dar todas las facilidades a los defraudadores para que se acojan a la amnistía fiscal. Tras abrir el proceso al blanqueo del dinero en efectivo, ahora el ministerio de Cristóbal Montoro ha abandonado la idea de gravar con un 10% todos los activos ocultos aflorados tras las críticas de los asesores de los defraudadores, que consideraban que eso no era suficientemente ventajoso para ellos. Ahora, según la nueva interpretación de la Dirección General de Tributos, en lugar de gravar todos los capitales aflorados, se conformará con que tribute al 10% la parte generada en los ejercicios no prescritos (solo tres, en el caso de la amnistía fiscal), manteniendo la exención de intereses y recargos. Con ello, habrá casos en que a los evasores les baste pagar menos del 1% de todo lo defraudado. Además, Hacienda les garantiza que hará la vista gorda con esas declaraciones, pues señala que “no resulta procedente” su comprobación.
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El Gobierno ha flexibilizado la amnistía fiscal, el procedimiento con el que pretende recaudar 2.500 millones y aflorar un capital escondido en paraísos fiscales de al menos 25.000 millones. Algunos despachos de abogados y asesores fiscales habían manifestado dudas sobre la oportunidad de acogerse al proceso de regularización fiscal. Consideraban que no existían suficientes garantías jurídicas para los que decidan aflorar su patrimonio oculto —tienen que pagar un gravamen del 10% sobre los bienes ocultos, muy inferior a los impuestos que han dejado de abonar— y sostienen que había otras vías para legalizar el dinero opaco de forma más barata. De hecho, ninguna gran fortuna se ha acogido aún a este proceso desde su entrada en vigor a principios de junio. Ahora el Ministerio de Hacienda permitirá que los defraudadores regularicen su situación pagando menos del 10% previsto y aclara que no comprobará las declaraciones de los que se acojan al proceso.
La Dirección General de Tributos divulgó el pasado lunes un “informe sobre el procedimiento de regularización derivado de la presentación de la declaración tributaria especial”. El documento, que contiene 17 cuestiones, revela que Hacienda no vigilará a los defraudadores que se acojan a la amnistía. “No resulta procedente una comprobación aislada de la declaración tributaria especial”, señala el último punto del informe, fechado el pasado 27 de junio.
Además, Hacienda permite, “en el caso de que el contribuyente pueda acreditar la titularidad de los bienes correspondientes a ejercicios prescritos —anteriores a los últimos cuatro años—, declarar los bienes correspondientes a ejercicios no prescritos”. De esta forma, los evasores podrán legalizar el dinero oculto obtenido después de 2007 solo con pagar un 10% pero si pueden acreditar que este dinero ya era suyo antes de 2008 pagarán solo el 10% de los intereses y podrá regularizar todo el capital.
Hasta ahora si se quería legalizar el capital oculto de un periodo prescrito se podía hacer mediante una declaración complementaria ordinaria pagando la deuda fiscal, intereses de demora, más un recargo de sanción. Ahora valdría con pagar solo el 10% de los intereses. El Gobierno tapa así una de las fisuras que tenía el Real Decreto 12/2012. Pero lo hace a cambio de rebajar las condiciones de la amnistía fiscal y, por tanto, sus previsiones de ingresos. Hacienda aclara que tendrán que pagar el 10% todos los bienes y derechos que se incorporen a esa cuenta durante periodos no prescritos.
Así, por ejemplo, si un defraudador tenía un millón de euros en negro a cierre de 2007, y ha obtenido una rentabilidad de ese dinero de 30.000 euros anuales (en torno al 3%) en 2008, 2009 y 2010, en la amnistía fiscal le bastaría pagar el 10% de esos 90.000 euros (esto es, 9.000 euros) para blanquear 1.090.000 euros. En lugar de tributar el 10%, bastará con que pague menos del 1% del total del capital aflorado. Cuando el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, explicó el decreto ley de la amnistía fiscal tras ser aprobado por el Consejo de Ministros se refirió a “la regularización de los totales, los saldos, que vengan a España de otros territorios o también afloren desde la propia España”. En el Congreso, al votarse el decreto ley, también dijo que era “un gravamen sobre la regularización de activos que están ocultos”. La propia redacción de la norma y de los modelos tributarios daba a entender que se tributaba por el total de los bienes ocultos aflorados, y así lo interpretaban todos los expertos hasta que Hacienda ha aclarado que favorecerá a los defraudadores.
Hacienda ya había abierto otro boquete con el que facilitaba acogerse a la amnistía fiscal a quienes cometan fraude, al permitir que se regularice el dinero en metálico, para el que “será suficiente la manifestación de ser titular del mismo antes del 31 de diciembre de 2010”, según la orden ministerial que regula la tramitación del proceso, e ingresarlo en una cuenta. El nuevo documento elaborado por Tributos precisa que “no se podrá utilizar la declaración tributaria especial para regularizar rentas no declaradas obtenidas con posterioridad a esa fecha”.
No obstante, como asegura que no hará comprobaciones, abre la puerta a lavar dinero negro obtenido tras esa fecha. En el ministerio recuerdan que los delitos fiscales no prescriben e insisten en que la Ley contra el Blanqueo de Capitales es de aplicación para operaciones ilícitas.
Las cuentas públicas están descuadradas y el Gobierno puso en marcha la amnistía fiscal para aumentar la recaudación y reducir el déficit. Por eso, tiene especial interés en lograr que la regularización fiscal aporte los 2.500 millones previstos. En ese contexto se entiende que el responsable del Tesoro, Íñigo Fernández de Mesa, remitiera hace unos días una carta a los bancos donde les sugería que pasaran por alto las operaciones que no sean claramente sospechosas de estar relacionadas con actividades ilícitas.
Fuente: www.elpais.com