Se consideran gastos subvencionables las siguientes actuaciones:
a) El alquiler del local comercial (máximo dos mensualidades).Caso establecimientos Pop UP
b) El acondicionamiento de la superficie de exposición y venta del local comercial y mejora
de la imagen de la fachada del local comercial.
c) La adquisición o alquiler de muebles o equipamiento especializado para la exposición
del producto que sea necesario para el desarrollo de la actividad comercial y de uso exclusivo
en la superficie de exposición y venta.
d) El transporte de mercancía. Caso Pop Up.
e) Publicidad y promoción de la pop up.
Para el conjunto de estas actuaciones la inversión máxima subvencionable será
60.000 € (IVA excluido)
8.000 € (IVA excluido).Caso establecimientos Pop Up.
El porcentaje de subvención será el 50 % de la inversión máxima subvencionable.
Fuente: DOGA