TIPOS DE PROYECTO
1. Para actuaciones que se ejecuten dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia.
2. Proyectos de Ahorro y Eficiencia Energética: (Mínimo Inversión: 10.000 € + IVA por actuación)
a) Costes de inversión adicionales (COSTE ELEGIBLE) necesarios para mejorar la eficiencia energética:
1. Los costes de la inversión puedan identificarse en los costes totales de la inversión, como inversión separada.
2. En todos los demás casos, los costes de la inversión se determinarán por referencia a una similar, que se podría realizar de manera creíble sin la ayuda. La diferencia entre el coste de ambas inversiones determinará el coste relacionado con la eficiencia energética y será el coste subvencionable.
** No serán subvencionables proyectos con ratios de ahorro energético anual inferior a 0,4 kWh por € de inversión elegible. Este ratio se reduce a 0,3 para medianas empresas y 0,2 para pequeñas empresas.
Las inversiones solo podrán ser subvencionadas sobre la base de una auditoría energética, cuyos resultados se plasmarán en la memoria técnica de la solicitud.
b) Podrán ser objeto de subvención las siguientes ACTUACIONES:
1. Inversiones en sustitución o mejora de equipos e instalaciones consumidores de energía del proceso productivo del sector industrial, así como los sistemas auxiliares necesarios para su funcionamiento (ahorro mín.5%).
2. Renovación o mejora de equipos de instalaciones existentes de producción de calor y frío (ahorro mín.20%).
3. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación existentes que lleven asociada una reducción anual (ahorro mín. 40%).
4. Inversiones en sustitución o mejora de equipos e instalaciones consumidores de energía del sector servicios, sistemas auxiliares necesarios para su funcionamiento e instalaciones que utilicen tecnología de alta eficiencia o la mejor tecnología. (Ahorro mín. 20%).
5. Implantación de medidas de contabilización, monitorización y telegestión del consumo de energía asociados a las actuaciones de ahorro para las que se solicita ayuda e incluso la implantación de sistemas de procesado avanzado de datos e inteligencia artificial aplicados a la optimización del consumo energético de la empresa.
Será subvencionable:
· la realización de auditorías energéticas salvo que se trate de una auditoría obligatoria conforme la normativa vigente
· implantación de sistemas de gestión energética certificados conforme a la Norma ESO 50.001.
Requisitos técnicos:
· Llevar asociado el ahorro energético mínimo (%) para cada proyecto. Dicho ahorro debe quedar justificado en la memoria técnica y en la ficha de consumos de la solicitud. No se considerarán válidos para la justificación los resultados de experiencias anteriores al menos que se presente la documentación que acredite tales ahorros.
· Para mejoras de instalaciones de iluminación, debe cumplir los requisitos definidos en la norma UNE-EN-12464 (iluminación de los lugares de trabajo) y en la Guía técnica para la evaluación y prevención de riesgos relativos a la utilización de lugares de trabajo.
· Los proyectos deben ser viables: técnica, económica y financieramente
BENEFICIARIOS
a) Empresas legalmente constituidas y empresarios autónomos, que tengan domicilio social o algún centro de trabajo en Galicia, incluidas en los sectores:
b) Las empresas de servicios energéticos (ESE) que gestionen total o parcialmente instalaciones consumidoras de energía y que el objeto de este contrato sea la consecución de ahorro económico derivado de un menor consumo de energía. Los centros de consumo en los que actúe deben estar en Galicia y corresponder a empresas incluidas en el ámbito de actuación de la letra a) y amparadas por el Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.