ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
Actuaciones realizadas y efectivamente pagadas desde 01/01/2022 hasta el 31/03/2023 en:
1.1 Programa smart retail dirigido a la transformación digital del punto de venta y modelo de negocio a través de las siguientes actuaciones
a) Software de gestión de experiencia de la clientela (aplicaciones big data y análisis de datos).
b) Etiquetado electrónico para lineales de venta.
c) Tecnología de control de stocks y tecnología RFID.
d) Gestor de colas automatizado.
e) Sistemas de click and collect y locker digitales.
f) Probadores interactivos.
g) Software para la gestión logística del e-commerce.
h) Soluciones de ciberseguridad.
i) Asistentes virtuales y sistemas digitales interactivos (chatbots).
j) Aplicaciones para dispositivos móviles (m-commerce).
k) Terminales de autopago.
1.2 Programa visual merchandising dirigido a la mejora de la experiencia de compra a través de las siguientes actuaciones
a) Escaparates virtuales con o sin interacción con la clientela.
b) Estanterías virtuales.
c) Pantallas y mesas interactivas.
d) Totems publicitarios.
e) Pizarras digitales.
f) Aplicaciones de realidad virtual y aumentada.
En todo caso, las actuaciones comprendidas en las letras a), b), c), d) y e) deberán incluir el software para la programación y emisión de contenidos digitales. Se considerarán subvencionables los gastos relativos a la elaboración de estos contenidos.
1.3 Programa Green Store dirigido a la mejora de la eficiencia energética y de los recursos a través de las siguientes actuaciones
a) Puertas automáticas con sensores de proximidad que redunden en una mejora de la eficiencia energética en el ámbito térmico del local.
b) Sistemas de iluminación energéticamente eficientes y sensores de presencia para la regulación automática de luces que mejoren y optimicen el consumo de energía eléctrica.
c) Sistemas de climatización del local energéticamente eficientes.
BENEFICIARIOS
Personas autónomas y pymes comerciales. Personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas que cumplan estos requisitos
· Establecimiento comercial con carácter físico y permanente y ubicado en Galicia. (Los comerciantes con actividad comercial en línea o minoristas fuera de un establecimiento comercial permanente deben tener domicilio fiscal en Galicia)
· Que tenga la condición de PYME.
· Que la actividad principal se corresponda con alguna de las actividades incluidas en los códigos 46 o 47 CNAE 2009 (excepto epígrafes 616, 654, 655).