El objetivo de estas ayudas es la de crear espacios seguros e introducir cambios en las prácticas comerciales que faciliten una reactivación adecuada de las actividades económicas después del confinamiento por COVID19.
Las medidas subvencionables con las siguientes:
1. Medidas para proteger a los empleados y clientes en el lugar de trabajo, tales como:
- Pantallas protectoras para mostradores y áreas de cajas.
- Vinilos adhesivos para la delimitación en el piso de áreas seguras, marcado de flujos de clientes, marcado de posicionamiento y distancia de seguridad interpersonal.
- Dispositivos de control de capacidad y sistemas de conteo de clientes u otro sistema para garantizar la distancia entre los clientes.
- Dispositivos de control de temperatura.
- Cualquier otra medida recomendada por la autoridad sanitaria para aumentar la protección de los empleados y clientes.
2. La adaptación de los espacios de trabajo para reducir el contacto del cliente con elementos o superficies y prevenir la contaminación, como:
- Puertas de apertura automática.
- Instalación de puntos de autopago.
- Sensores de luz.
- Cualquier otra medida o dispositivo para minimizar el contacto.
3. La adquisición de medios de protección e higiene para empleados y clientes: máscaras protectoras individuales, máscaras para el personal de la empresa, guantes, pantalones, dispensadores automáticos de geles hidroalcohólicos y cualquier otro para protección personal que sea apropiado para la actividad específica que es se desarrolla en la empresa. El monto asignado a esta sección no puede exceder el 20% del total de acciones elegibles; en consecuencia, ningún proyecto puede consistir únicamente en las acciones contempladas en esta sección.
4. La instalación de equipos para desinfectar superficies, ambientes y productos.
5. La contratación de servicios para reforzar la limpieza de los locales y realizar desinfecciones de forma periódica. El monto asignado a esta sección no puede exceder el 20% del total de acciones elegibles, por un período máximo de prestación del servicio de 6 meses. En consecuencia, ningún proyecto puede consistir únicamente en las acciones mencionadas en esta sección.
6. La adquisición de equipos o la realización de obras que permitan la ventilación y renovación del aire en el establecimiento.
7. Señalización y puntos de información, físicos o digitales, sobre las medidas de prevención contra COVID-19, implementadas en el establecimiento.
8. Excepcionalmente, otros que puedan contribuir a proteger la salud de las personas de negocios, empleados y clientes contra COVID-19, lo cual estará motivado en la resolución de la concesión.
9. Capacitación específica de personas trabajadoras para aplicar los protocolos adaptados a las regulaciones y recomendaciones de salud contra COVID-19.
10. Costos externos (consultoría, análisis, costo de certificación y similares) aplicados para obtener certificaciones para el cumplimiento de protocolos y medidas.
Todos los equipos y materiales comprados en cualquiera de las acciones anteriores deben cumplir con las normas y directivas que son necesarias para la fabricación de equipos de protección personal, suministros médicos y otros productos necesarios para la lucha contra COVID-19. Una guía indicativa de esta regulación está disponible en: https://marketplacecovid19.gal/info/normas-e-directivas-para-fabricacion-de-produto