Ayuda económica a aquellas personas desempleadas que pretendan desarrollar su actividad empresarial o profesional en Galicia como trabajadoras autónomas o por cuenta propia (AUTONOMOS INDIVIDUALES/CB/S.C), para hacer frente a los distintos gastos generados en el comienzo de su actividad laboral.
BENEFICIARIOS
Serán beneficiarias aquellas personas desempleadas que causen alta en el régimen especial de autónomos y tengan iniciada actividad o en cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o en mutualidad de colegio profesional entre el 1/10/2021 y el 30/09/2022.
Las personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia podrán ser beneficiarias de las ayudas de este programa, cuando formen parte de comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades sin personalidad jurídica de nueva creación, siempre que las soliciten a título personal. En este caso, la entidad deberá estar constituida previamente a la presentación de la solicitud de subvención.