TIPOS DE APOYO
Ayudas para la contratación de personas desempleadas menores de 30 años (en el momento de la contratación) y mayores de 16 años para promover la práctica profesional y la formación en competencias blandas para personas jóvenes (programa Talento 30):
LÍNEA 1: PROGRAMA TALENTO 30 EN PRÁCTICAS
Contratos para la obtención de práctica profesional suscritos con personas trabajadoras desempleadas residentes en Galicia (inscritas SEPE) menores de 30 años en posesión de título universitario (grado, máster o doctorado), o título de grado medio o superior, especialista, master profesional o certificado del sistema de formación profesional, asi como aquellas personas que posean un título equivalente de enseñanzas artísticas o deportivas del sistema educativo. La contratación deberá realizarse dentro de los 3 años (5 años en caso de discapacitados) siguientes a la finalización de estudios. No podrán suscribirse con quien tuviera experiencia profesional dentro de la empresa por tiempo superior a 3 meses
LÍNEA 2: PROGRAMA TALENTO 30 FORMACIÓN EN ALTERNANCIA.
Contratos de formación de alternancia con personas desempleadas (inscritas en el SEPE) menores de 30 años residentes en Galicia que podrán celebrarse con personas que carezcan de cualificación profesional reconocida por titulaciones o certificados requeridos.
Las 2 líneas de ayudas que se pueden solicitar podrán presentar 2 modalidades:
1- Ayudas para nuevos contratos por cuenta ajena que deberán formalizarse en los 15 días siguientes a la notificación de la concesión de la ayuda
2- Ayudas por las contrataciones por cuenta ajena subvencionables realizadas con anterioridad a la notificación de la concesión de la ayuda y hasta los 6 meses inmediatamente anteriores al 20/04/2022, siempre que la formalización del contrato se haya realizado en el año en curso y se cumplan los requisitos contemplados para el programa para el cual se solicita la ayuda.
Las personas jóvenes serán contratadas a tiempo completo durante un período mínimo de 12 meses. El salario que percibirán las personas jóvenes contratadas será aquel que corresponda legal o convencionalmente y será acorde con su categoría profesional y titulación requerida para el puesto subvencionado.
BENEFICIARIOS
Empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas, las sociedades civiles y las comunidades de bienes, aunque carezcan de personalidad jurídica, que contraten trabajadoras o trabajadores por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo en Galicia.