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MODIFICACIONES RESTRICCIONES COMUNIDAD GALLEGA DERIVADAS DEL COVID19

Publicado: 26 de marzo de 2021, 08:26
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 MODIFICACIONES RESTRICCIONES COMUNIDAD GALLEGA DERIVADAS DEL COVID19

Con efectos desde las 00.00 horas del 19 de MARZO de 2021 (NOCHE DEL JUEVES PARA EL VIERNES)

 

MODIFICACIONES:

 

HOSTELERIA

·         Se amplía el horario de hasta las 21:00 h

·         Podrán prestar servicio de recogida en el local hasta las 21:30 h y servicio de entrega a domicilio hasta las 24:00 h

·         En los ayuntamientos de NIVEL BAJO, la capacidad máxima en las terrazas pasa al 75% y al 50% en el interior.

·         Se sigue sin poder consumir en la barra.

·         Mesas de terraza Máximo 6 personas ; Mesas Interior Máximo 4 personas. Será el límite máximo establecido por mesa o agrupación de mesas.

 

RESTAURANTES DE ESTACIONES DE SERVICIO: Situados en centros logísticos, áreas de servicio de la red de carreteras, que dispongan de cocina y expedición de comida, podrán abrir incluso en horario nocturno.  Para acceder será obligatorio presentar la tarjeta profesional de transporte (CAP), y la consumición en el interior debe realizarse  sentado y de forma individual. Prohibida la venta de bebidas alcohólicas.

 

 

CENTROS DE OCIO INFANTIL

Los parques de bolas para niños podrán reabrir. En los ayuntamientos con NIVEL BAJO:

·         El aforo será del 50%

·          Un monitor para cada 10 niños.

·         Los grupos podrán ser de hasta 6 niños en actividades de exterior y 4 niños en actividades de interior.

·         Los niños de un grupo no puede interactuar con los de otro grupo.

 

 

DEPORTE

Ampliación del aforo hasta el 50% en los gimnasios de los ayuntamientos de NIVEL BAJO

En estos ayuntamientos de nivel bajo, la práctica deportiva al aire libre se puede realizar de forma conjunta con un MÁXIMO de 6 persona (sin contar el monitor) sean o no convivientes. Sin contacto físico y con mascarilla.

 

PLAYAS

Cada ayuntamiento establecerá el límite de capacidad teniendo en cuenta una superficie a ocupar  por cada usuario de 1 metro cuadrado

El número MÁXIMO POR GRUPO DE PERSONAS será de 6, excepto que sean personas convivientes que entonces no habrá esta limitación.

No es obligatorio el uso de mascarilla única y exclusivamente durante el baño o mientras se permanezca durante un espacio determinado sin desplazarse y se garantice la distancia de seguridad. Para todo lo demás (desplazamientos, paseos, etc) con mascarilla.

 

 Se mantiene el toque de queda de  las 22:00 h a 6:00 h.

 

PROHIBIDAS las reuniones de no convivientes en las casas.

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