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Lineas De Financiación Ico Año 2013

Publicado: 12 de febrero de 2013, 00:00
  1. Noticias ADM
Lineas De Financiación Ico Año 2013

Las líneas más importantes se tramitan en las oficinas de los principales bancos y cajas de ahorro. Es allí donde, como en cualquier otra solicitud de préstamo, analizarán la operación, te requerirán la documentación necesaria y valorarán los avales y garantías a presentar.
Las líneas más relevantes para autónomos, emprendedores y pymes son:
1. Línea ICO Empresas y Emprendedores 2013
2. Línea ICO Garantía SGR 2013
3. Línea ICO Internacionalización 2013
4. Línea Exportadores 2013

Estarán vigentes hasta el 16 de diciembre de 2013, o antes, si se produce el agotamiento de los fondos.

Línea ICO Empresas y Emprendedores 2013

• Dirigida a: autónomos y empresas que vayan a realizar inversiones o tengas necesidades de liquidez. Esta línea también está abierta a particulares y comunidades de propietarios para rehabilitación de viviendas o edificios.
• Importe máximo: diez millones de euros por cliente, en una o varias operaciones.
• Modalidad: en préstamo o leasing si se destina a inversión.
• Financiación máxima: hasta el 100 % en proyectos de inversión.
• Conceptos financiables: liquidez (necesidades de circulante para pagar los gastos de circulante o gastos de funcionamiento, con el límite del 50% de la financiación obtenida para esta finalidad de inversión) e inversiones productivas tales como la adquisición de activos fijos productivos (nuevos y de segunda mano), vehículos turismos (hasta 30.000 €), adquisición de empresas e IVA (o IGIC) ligado a la inversión.
• Periodo de inversión: la inversión a financiar no podrá estar iniciada con anterioridad al 1 de enero de 2013 y deberá ejecutarse en el plazo máximo de 12 meses a contar desde la fecha de firma de la financiación.
• Plazo de amortización: en los préstamos destinados a operaciones de liquidez el plazo podrá oscilar entre uno y tres años, pudiendo optar a un año de carencia de principal. En operaciones de inversión el plazo de amortización podrá oscilar entre uno y veinte años, pudiendo optar por carencia de principal de un año o de dos en operaciones de más de doce años.
• Tipo de interés: se puede optar entre un tipo de interés fijo, según cotización quincenal comunicada por el ICO, más hasta el 2% en operaciones a un año y 2,3% en operaciones a más de un año o un tipo de interés variable: Euribor a 6 meses más diferencial según cotización quincenal comunicada por el ICO, más hasta 2% en operaciones a un año y 2,3% en operaciones a más de un año.
• Comisiones: sin comisión de apertura, de estudio o de disponibilidad.
• Tramitación: directamente en un banco o caja de ahorros que colabore con el ICO. Serán las entidades de crédito las encargadas del estudio, tramitación y aprobación o denegación de la operación.
• Garantías: a determinar por la entidad financiera en la que se solicite la operación. Pueden ser garantías hipotecarias, personales, avales mancomunados o solidarios.
• Compatibilidad: con otras ayudas de las C.C.A.A. u otras instituciones, respetando los límites máximos establecidos por la UE.

Línea ICO SGR 2013

• Dirigida a: Autónomos, Pymes y resto de empresas con necesidades de financiación que cuenten con el aval de una de las Sociedades de Garantía Recíproca acogidas a la línea.
• SGR conveniadas: se puede consultar para cada Comunidad autónoma en esta web de Reafianzamiento S.A.
• Importe máximo un millón de euros en operaciones de inversión en una o varias operaciones. En operaciones de liquidez, un millón en operaciones avaladas al 100% y 60.000 € en operaciones avaladas al 50%.
• Modalidad: en préstamo o leasing.
• Porcentaje de la operación avalado por la SGR: 100% en operaciones de inversión. En las de liquidez las SGR podrá avalar el 50% o el 100%.
• Destino del préstamo: para cubrir necesidades de liquidez (gastos corrientes, nóminas, pagos a proveedores, compra de mercancía, etc, con el límite del 50% de la financiación obtenida) o inversiones en activos fijos productivos (nuevos y de segunda mano) y para la creación de empresas en el extranjero. Se incluye la adquisición de vehículos turismos, cuyo precio (IVA incluido) no supere los 30.000 euros, adquisición de empresas e IVA (o IGIC) ligado a la inversión.
• Periodo de inversión: la inversión a financiar no podrá tener una antigüedad superior al 1 de enero de 2012 y deberá ejecutarse en el plazo máximo de un año a contar desde la fecha de firma de la financiación.
• Plazo de amortización: en los préstamos destinados a operaciones de liquidez el plazo podrá oscilar entre uno y tres años, pudiendo optar a un año de carencia de principal. En operaciones de inversión el plazo de amortización podrá oscilar entre uno y quince años, pudiendo optar por carencia de principal de un año o de dos en operaciones de más de doce años.
• Tipo de interés: Se podrá optar entre un tipo de interés fijo o variable (Euribor a 6 meses) más un diferencial. En operaciones avaladas al 100% el diferencial será del 1,00% en operaciones de un año y del 1,15% en operaciones de más de un año. En operaciones avaladas al 50% el diferencial será del 1,50% en operaciones de un año y del 1,725% en operaciones de más de un año.
• Coste del aval: la SGR podrá cobrar hasta un 1% del saldo vivo y hasta un 4% del importe de financiación avalado en concepto de cuota social mutualista, que se abonará de una sola vez al inicio de la operación. Este importe será reembolsado al cliente una vez que se termine su relación con la SGR.
• Comisiones: hasta el 0,50%, a cobrar por la SGR (en operaciones avaladas al 100%) o la entidad financiera (en operaciones avaladas al 50%).
• Tramitación: en la SGR o en cualquiera de las entidades financieras colaboradoras.
• Garantías: a determinar por la entidad financiera y la SGR en la que se solicite la operación. Pueden ser garantías hipotecarias, personales, avales mancomunados o solidarios.
• Compatibilidad: es compatible con otras líneas ICO u otras ayudas de las comunidades autónomas

Línea ICO Internacionalización 2013

• Dirigida a: Autónomos, Pymes o empresas mixtas con capital mayoritariamente español.
• Importe máximo: hasta 10 millones de euros por cliente, en una o varias operaciones.
• Modalidad: en préstamo o leasing si se destina a inversión.
• Financiación máxima: hasta el 100 % en proyectos de inversión.
• Inversiones financiables: liquidez (necesidades de circulante para pagar los gastos de circulante o gastos de funcionamiento, con el límite del 50% de la financiación obtenida para esta finalidad de inversión) e inversiones, como activos fijos productivos (nuevos y de segunda mano, vehículos turismos (hasta 30.000 €), adquisición de empresas en el extranjero e IVA o impuesto similar que se liquide en España como soportado.
• Periodo de inversión: la inversión a financiar no podrá estar iniciada con anterioridad al 1 de enero de 2013 y deberá ejecutarse en el plazo máximo de 12 meses a contar desde la fecha de firma de la financiación.
• Plazo de amortización: en los préstamos destinados a operaciones de liquidez el plazo podrá oscilar entre uno y tres años, pudiendo optar a un año de carencia de principal. En operaciones de inversión el plazo de amortización podrá oscilar entre uno y veinte años, pudiendo optar por carencia de principal de un año o de dos en operaciones de más de doce años.
• Tipo de interés: se puede optar entre un tipo de interés fijo, según cotización quincenal comunicada por el ICO, más hasta el 2% de diferencial en operaciones a un año y 2,3% en operaciones a más de un año o un tipo de interés variable: Euribor a 6 meses más diferencial según cotización quincenal comunicada por el ICO, más hasta 2% de diferencial en operaciones a un año y 2,3% en operaciones a más de un año.
• Comisiones: sin comisión de apertura, de estudio o de disponibilidad.
• Tramitación: directamente en un banco o caja de ahorros que colabore con el ICO. Serán las entidades de crédito las encargadas del estudio, tramitación y aprobación o denegación de la operación, ya que en caso de impago son ellos los que asumen el riesgo de la operación.
• Garantías: a determinar por la entidad financiera en la que se solicite la operación. Pueden ser garantías hipotecarias, personales, avales mancomunados o solidarios.
• Compatibilidad: con otras ayudas de las C.C.A.A. u otras instituciones, respetando los límites máximos establecidos por la UE.

Línea ICO Exportadores 2013

• Dirigida a: autónomos, pymes y empresas que deseen obtener liquidez mediante el anticipo de su facturación en el mercado exterior. Se podrán anticipar facturas generadas por operaciones de exportación con una fecha de vencimiento no superior a 180 días a contar desde la fecha del anticipo.
• Importe máximo: hasta cinco millones de euros por cliente, en una o varias operaciones.
• Modalidad: Anticipo del importe de la factura mediante contrato a acordar entre el cliente y la entidad de financiera.
• Financiación máxima: hasta el 100 % del importe de las facturas.
• Operaciones financiables: podrán ser tanto aquellas que tengan como que no tengan “Certificado para Liquidez”, consistente en una garantía emitida por una entidad aseguradora.
• Tipo de interés: en este caso será variable, en concreto Euribor a 3 meses más un diferencial que dependerá de si se dispone o no de “Certificado para Liquidez”. En caso de disponer del mismo el diferencial será del 1,25% y en caso de no disponerlo del 2%.
• Comisiones: sin comisión de apertura, de estudio o de disponibilidad. Si la operación cuenta con “Certificado para Liquidez”, la aseguradora podrá cobrar al cliente una prima máxima de 0,25% anual sobre el importe asegurado en el certificado y podrá aplicar un coste de gestión que en ningún caso podrá superar los 50 euros por factura.
• Tramitación: directamente en un banco o caja de ahorros que colabore con el ICO.
• Garantías: para aquellas operaciones en las que se disponga de Certificado de Liquidez, esa será la garantí para la entidad financiera. En caso de no disponerse de este certificado, la entidad podrá fijar las garantías que considere oportuno.
• Compatibilidad: con otras ayudas de las C.C.A.A. u otras instituciones.


 

Fuente: www.infoautonomos.com

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