GASTOS SUBVENCIONABLES:
1.Gastos de Constitución y apertura.
2.Existencias iniciales de mercancías.
3.Gastos de alquiler.
4.Primas de seguros.
5.Suministros y gatos corrientes.
6.Derechos de propiedad industrial.
7.Impuestos de vehículos de Tracción Mecánica.
PERIODO SUBVENCIONABLE:
Se subvencionarán los gastos desde los 2 meses anteriores al inicio de actividad hasta la fecha de presentación e la solicitud.
CANTIDADES SUBVENCIONABLES
Cantidad Fija: 500 € /por autónomo.
Cantidad Variable: 50% de los Gastos Iniciales (MÁXIMO 2000 € de subvención por empresa)
IMPORTANTE: Obligación de mantener la actividad durante un mínimo de 2 años.
PLAZOS PRESENTACIÓN SOLICITUDES
Si inició la actividad entre:
- El 02/10/2017 al 31/12/2017………………Hasta el 30/07/2018
- El 01/01/2018 al 01/10/2018………………Hasta el 30/10/2018
Fuente: BOPPO