Gastos subvencionables
a) ACTIVO DE LOS SIGUIENTES TIPOS:
· Equipos informáticos, sensórica, “wearables” y otro equipo electrónico
· Licencias de Software estándar de mercado.
· Dispositivos de conectividad cuando el trabajo se desarrolle en una zona rural en la que se deban realizar gastos extraordinarios para adaptar la conexión a las necesidades de acceso a las redes.
b) GASTOS DE SUSCRIPCIÓN A SOFTWARE como servicio estándar de mercado abonados por parte del solicitante durante el período del gasto subvencionable.
c) COLABORACIONES EXTERNAS encaminadas a la adaptación y personalización de los sistemas digitales y el aprendizaje sobre su aplicación y uso.
PLAZO EJECUCIÓN: entre el 14/03/2020 y el 15/11/2020
COMPATIBILIDAD: esta ayuda es compatible con otras ayudas o subvenciones públicas siempre que la cuantía de las ayudas acumuladas no supere el 100 % de los costes subvencionables aprobados.
Cuantía de la ayuda
80 %
MÁX. 9.600 € subv
Inversión mínima: 1.500 €
Inversión máxima: 12.000 €
ANTICIPO = 50% sin presentación de garantías concedido automáticamente con la resolución positiva sin más trámite.
Beneficiarios
· MICROPYMES incluyendo AUTÓNOMOS de menos de 10 trabajadores de los sectores hostelería, comercio al por menor, transporte, peluquerías y estética personal.
· Entidades de economía social que sean PYME y no estén en los sectores de pesca/acuicultura o producción primaria: sociedades cooperativas gallegas, sociedades laborales, empresas de inserción, centros especiales de empleo y cofradías de pescadores.
· Entidades del tejido asociativo empresarial y laboral, como pueden ser asociaciones empresariales, clusters, colegios profesionales o cámaras.
EXCLUÍDAS: entidades dedicadas a los sectores de pesca y de la acuicultura y las entidades dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas.
Plazo de solicitud
Hasta 30/09/2020 (hasta agotar crédito)
Concurrencia NO competitiva (POR ORDEN DE PRESENTACIÓN)