La inversión neta admitida será de hasta 100.000 €.
1. Actuaciones destinadas a mejorar las condiciones de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas
2. Obras destinadas a la mejora de las instalaciones con la finalidad de obtener certificaciones de calidad, en especial la Q de Calidad Turística.
3. Actuaciones destinadas a la mejora de la clasificación del establecimiento que supongan un incremento de categoría.
4. Actuaciones de renovación y modernización de las instalaciones y embellecimiento del entorno de la instalación.
5. Equipamientos muebles necesarios para el funcionamiento del establecimiento.
6. Actuaciones de mejora de la climatización que favorezcan la sostenibilidad con la implementación de medidas de ahorro energético
Gastos subvencionables:
a) Se consideran gastos subvencionables las inversiones netas en que hubiera incurrido la entidad solicitante como consecuencia de la realización de proyectos acordes con los requisitos y criterios indicados.
b) Además de los gastos de obra y adquisiciones de bienes muebles inventariables vinculados con la ejecución del proyecto, serán gastos subvencionables los servicios profesionales vinculados al proyecto, como honorarios técnicos de redacción del proyecto y de dirección de obra. Los honorarios técnicos no serán superiores al 6 % de la inversión neta admitida.
PLAZO DE EJECUCIÓN = desde 01/01/20 hasta 31/10/2020.